Ricardo Cabezas y otros ocho ex altos cargos de la Diputación de Badajoz, condenados a nueve años de inhabilitación por el caso David Sánchez

La Audiencia de Badajoz considera que participaron, como autores o cooperadores necesarios, en la creación y modificación de plazas públicas para favorecer intereses particulares

14 de julio de 2026 a las 12:53h
Banquillo de acusados en la Audiencia de Badajoz durante el juicio en la Audiencia de Badajoz. / Pool-Efe
Banquillo de acusados en la Audiencia de Badajoz durante el juicio en la Audiencia de Badajoz. / Pool-Efe

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz por el denominado caso David Sánchez no solo condena al ex presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, y al hermano del presidente del Gobierno, sino también a ocho ex altos cargos y responsables de la institución provincial, todos ellos con penas de nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.

Entre los condenados figura el ex diputado provincial de Cultura, Ricardo Cabezas Martín, considerado autor de un delito de prevaricación administrativa relacionado con la creación de la plaza de Jefatura de la Sección de Coordinación de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas. Junto a él ha sido condenado Manuel Candalija Valle, como cooperador necesario en ese mismo delito.

Por el denominado bloque A de los hechos probados han sido condenadas Elisa Moriano Morales, Cristina Núñez Fernández y Félix González Márquez, a quienes la Audiencia atribuye la condición de cooperadores necesarios en la creación y adjudicación de la plaza de Coordinador de Actividades de los Conservatorios, ocupada posteriormente por David Sánchez Pérez-Castejón.

Asimismo, la sentencia condena a Juana Cinta Calderón Zazo, María Emilia Parejo Gala y Francisco Martos Ortiz por su participación en el bloque B, relativo a la transformación de la plaza en la Jefatura de la Oficina de Artes Escénicas y la eliminación de la incompatibilidad del puesto para adaptarlo a las circunstancias personales de David Sánchez.

En el tercer bloque de hechos también resulta condenado Luis María Carrero Pérez, considerado cooperador necesario en la creación de la plaza de Jefatura de la Sección de Coordinación de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas. El tribunal sostiene que el puesto se creó con urgencia para que Carrero, a quien define como "íntimo amigo" y colaborador de David Sánchez en proyectos operísticos, continuara prestándole apoyo en sus actividades relacionadas con la ópera.

La Audiencia entiende que todos los condenados intervinieron de forma concertada y sucesiva en la adopción de decisiones arbitrarias, encaminadas a favorecer intereses particulares y alejadas del interés general que debe presidir la actuación de las administraciones públicas. Por ello, les impone la pena prevista en el artículo 404 del Código Penal para el delito de prevaricación administrativa.

La sentencia recuerda además que las penas de inhabilitación conllevan la privación definitiva del empleo o cargo sobre el que recaen y la incapacidad para obtener otros puestos públicos análogos durante el tiempo de la condena. La resolución, no obstante, todavía no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

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Javier Fernández
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