Cada cierto tiempo, alguna diputación provincial vuelve a ocupar titulares por cuestiones de nepotismo, clientelismo o utilización partidista de los recursos públicos, algo extensible a todas sin excepción (desde Orense a Almería), por actuar históricamente, en numerosos casos, como una agencia de colocación al margen del mérito. Sin embargo, centrar el debate exclusivamente en estos episodios supone quedarse en la epidermis del problema. El dilema de fondo es mucho más trascendente: ¿tienen sentido las diputaciones provinciales en la España autonómica del siglo XXI? La respuesta, desde una perspectiva geográfica, económica y funcional, es claramente negativa.
Las diputaciones nacieron en 1833 como consecuencia de la división provincial diseñada por Javier de Burgos para consolidar el Estado liberal centralista. Aquella organización pudo responder a las necesidades administrativas de una España recorrida a caballo, con deficientes comunicaciones y una estructura territorial muy distinta de la actual. Pero casi doscientos años después, con un Estado profundamente descentralizado y unas comunidades autónomas plenamente consolidadas, mantener este escalón administrativo intermedio con duplicidad de funciones y costes constituye una anomalía institucional imposible de justificar.
Sin olvidar que la propia delimitación provincial adoleció desde su origen de importantes errores. Los criterios utilizados respondieron al libre albedrío de quien utilizaba la pluma para pintar las líneas divisorias. De este modo, apenas se tuvieron en cuenta la geografía física, las relaciones económicas, las áreas funcionales o la articulación histórica de las distintas unidades geográficas preexistentes. Primó la uniformidad administrativa sobre la realidad territorial. En consecuencia, muchas provincias nacieron desconectadas de la lógica espacial que debería presidir cualquier organización eficiente del territorio.
Extremadura representa uno de los ejemplos más evidentes de ese desacierto. Cáceres y Badajoz son las dos provincias más extensas de España, una circunstancia que dificulta la cohesión interna y pone de manifiesto la escasa funcionalidad del modelo heredado de 1833. Numerosos municipios de la “Siberia extremeña” están más alejados de su capital provincial, Badajoz, que ésta de la capital de otro Estado (Portugal). Está más cerca y es más accesible para Badajoz la ciudad de Lisboa, tanto por carretera nacional como por “autoestrada”, que municipios como Herrera del Duque, Fuenlabrada, etc. Difícilmente puede encontrarse un ejemplo más elocuente del desfase entre la geografía administrativa y la geografía real.
Todo ello sin mencionar que no se respetaron identidades históricas de marcado compoente territorial, como que San Vicente de Alcántara pasase a ser de Badajoz y Valencia de Alcántara se adscribiera a la provincia de Cáceres, situada a 102 km de su nueva capital provincial. Otro ejemplo palpable de esta aberración cartográfica es cómo sin criterios físico-naturales (no se eligió el río Guadiana como frontera ni la sierra de Montánchez) y rompiendo una homogeneidad espacial (Vegas del Guadiana) e histórica de varios siglos (Condado de Medellín), a Miajadas se la ubicara en la provincia de Cáceres y al resto de municipios de esa Comunidad de Villa y Tierra, en la de Badajoz.
Desde la aprobación del Estado de las Autonomías, además, las diputaciones han perdido gran parte de las funciones que justificaron su creación. Sus competencias se solapan continuamente con las de las comunidades autónomas y con las de otras entidades supramunicipales, generando triplicidades administrativas, mayor burocracia y un incremento del gasto público sin una mejora equivalente de los servicios prestados. La supuesta asistencia técnica y económica a los pequeños municipios podría ser perfectamente asumida por la Junta de Extremadura en una Consejería de Ordenación Territorial.
La experiencia demuestra, además, que la desaparición de las diputaciones no genera ningún vacío institucional. Nueve provincias españolas carecen ya de ellas. Asturias, Cantabria, La Rioja, Madrid, Murcia y Navarra integraron sus competencias en las respectivas comunidades autónomas, mientras que Baleares y Canarias las ejercen mediante consejos y cabildos insulares adaptados a su singularidad geográfica. Ninguno de estos territorios ha sufrido menoscabo alguno en la prestación de servicios públicos ni ha visto resentida su organización administrativa. Es decir, no han colapsado, sino todo lo contrario, han simplificado su estructura institucional.
La provincia puede seguir existiendo como mera circunscripción electoral, estadística del Estado, pero ello no implica la necesidad de mantener un órgano político cuya funcionalidad pertenece a otros tiempos
La provincia puede seguir existiendo como mera circunscripción electoral, estadística del Estado (como recoge la Constitución Española de 1978), pero ello no implica la necesidad de mantener un órgano político cuya funcionalidad pertenece a otros tiempos (cuando ni siquiera funcionaban los trenes, un escenario que, en Extremadura o Huelva, por desgracia, todavís suena familiar en ciertos tramos). La organización territorial no debe perpetuarse por inercia histórica, sino responder a los principios de eficiencia, proximidad, cohesión y racionalidad geográfica que exige una administración moderna.
Ya he manifestado en numerosas ocasiones, que persistir en el mantenimiento de las diputaciones provinciales es un error, dado que supone conservar una estructura diseñada para una realidad inexistente desde hace mucho tiempo. Constituyen un eslabón institucional (más bien un candado) superado por la evolución del modelo autonómico y por la transformación de las relaciones territoriales.
Si realmente se pretende avanzar hacia una administración eficiente, transparente y adaptada al siglo XXI, las diputaciones no pueden tener cabida; son un lastre. Su integración definitiva en las comunidades autónomas no solo racionalizaría el gasto público, sino que corregiría una de las desidias administrativas más resistentes e inútiles de nuestro sistema territorial, heredada de una división provincial que nació de espaldas (imitando a los Departamentos franceses, hoy adaptados a las nuevas circunstancias, a pesar de seguir vivo en el país vecino el espíritu centralista jacobino) al territorio y continúa viviendo al margen del mismo, retroalimentando artificialmetne un organismo que debería estar extinto.
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