La Asamblea de Extremadura celebrará su sesión constitutiva el próximo martes, 20 de enero de 2026, a las 10 horas, en la sede del Parlamento regional, conforme a lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 9/2025, de 26 de diciembre, publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE). La convocatoria se produce tras la celebración de las elecciones autonómicas del pasado 21 de diciembre y supone el primer paso institucional de la nueva legislatura. El decreto, firmado por la presidenta de la Junta de Extremadura, María Guardiola Martín, se fundamenta en lo establecido en el Estatuto de Autonomía, la Ley Electoral de Extremadura y el Reglamento de la Cámara regional.
La sesión constitutiva tiene como finalidad dejar formalmente constituida la Asamblea elegida en las urnas. En ella, los diputados electos procederán a acreditar su condición parlamentaria, prometer o jurar el cargo y participar en la elección de la Mesa de la Asamblea, órgano rector encargado de dirigir los debates, ordenar los trabajos parlamentarios y representar institucionalmente a la Cámara.
La elección de la Mesa resulta clave, ya que marca el inicio efectivo de la actividad parlamentaria y permite que la Asamblea empiece a ejercer sus funciones legislativas, presupuestarias y de control al Ejecutivo. Nada se sabe de quién ostentará la presidencia de la Cámara aunque se supone que dicho puesto será objeto de negociación entre la fuerza mayoritaria, en este caso el PP, y el partido designado como socio legislativo o de gobierno o de ambos. Se espera que el PP meta en la negociación con Vox este puesto cara a la futura investidura de María Guardiola como presidenta de la Junta.
Camino hacia la investidura
Una vez constituida la Cámara, se activará el proceso para la formación del nuevo Gobierno de Extremadura. Según marca el Estatuto de Autonomía de Extremadura, el presidente o presidenta de la Asamblea abrirá una ronda de consultas con los representantes de los grupos parlamentarios surgidos de las elecciones, con el objetivo de proponer un candidato a la Presidencia de la Junta.
El candidato designado deberá comparecer ante el Pleno para exponer su programa de gobierno en el correspondiente debate de investidura. En una primera votación será necesaria la mayoría absoluta de la Cámara. De no alcanzarse, se celebrará una segunda votación en la que bastará con mayoría simple. La normativa contempla la posibilidad de sucesivos intentos dentro de los plazos legalmente establecidos hasta lograr la elección del presidente o, en su defecto, la repetición electoral. Según el Estatuto de Autonomía de Extremadura y el Reglamento de la Asamblea, desde la primera votación se abre un plazo máximo de dos meses para que algún candidato resulte elegido presidente.
Si transcurren dos meses desde la primera votación de investidura sin que ningún candidato haya sido elegido, la Asamblea de Extremadura quedará disuelta automáticamente y la presidenta en funciones debera convocar nuevas elecciones autonómicas en un plazo de 54 días.
Un momento clave del calendario político
Con la publicación del decreto en el DOE y la fijación de la fecha de la sesión constitutiva, Extremadura entra en una fase decisiva del calendario político e institucional. La configuración definitiva del Parlamento y los acuerdos que puedan alcanzarse entre las distintas fuerzas representadas serán determinantes para la estabilidad del próximo Ejecutivo autonómico.
El martes 20 de enero marcará así el punto de partida de una nueva etapa política en la comunidad autónoma, en la que la Asamblea de Extremadura volverá a situarse en el centro de la vida institucional y del debate público regional.
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