La Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) y la Comunidad de Regantes del Canal de Orellana han sido condenadas a indemnizar solidariamente con 187.947 euros, más intereses legales, a la familia de Gonzalo Calle Moreno, el menor de 15 años que murió en junio de 2020 cuando intentaba rescatar a un amigo del canal, a la altura de Hernán Cortés, en el término municipal de Don Benito.
La sentencia de la Audiencia Nacional, fechada el 30 de junio de 2026, estima el recurso de la familia y reconoce la responsabilidad patrimonial de ambas entidades. A la indemnización se suman los intereses legales generados desde el 29 de marzo de 2021, fecha en la que se presentó la reclamación administrativa.
Según han explicado los familiares en un comunicado, la CHG no ha recurrido la resolución, mientras que la comunidad de regantes ha acudido al Tribunal Supremo para impugnar su condena. La familia ha cuestionado este paso, que prolonga el procedimiento judicial, y ha denunciado la «falta de sensibilidad» de la entidad.
Murió al intentar salvar a un amigo
Los hechos ocurrieron el 20 de junio de 2020. Según el relato de la familia, Gonzalo se lanzó al agua para intentar auxiliar a Jorge González Vaca, uno de sus amigos, que había caído al canal. Ambos fallecieron.
Los familiares sostienen que el suceso se produjo en un tramo catalogado de alta peligrosidad que carecía de elementos de agarre, señalización preventiva y herramientas de salvamento.
Tras las muertes, la familia de Gonzalo inició una reclamación por la vía contencioso-administrativa. El procedimiento ha desembocado en la sentencia de la Audiencia Nacional que obliga a la Confederación y a los regantes a responder solidariamente por la indemnización.
La familia cuestiona el recurso y la edad atribuida al menor
De acuerdo con el comunicado familiar, la comunidad de regantes argumenta en su recurso que no debe responder por la instalación y rechaza su responsabilidad en los hechos.
Los familiares también denuncian una discrepancia sobre la edad de Gonzalo: aseguran que el escrito presentado ante el Supremo le atribuye 17 años cuando en el momento de su muerte tenía 15. A su juicio, ese dato puede alterar la valoración de su capacidad de juicio y de la protección que requería como menor.
La familia interpreta esta inexactitud como un intento de favorecer la admisión del recurso de casación y expresa su malestar por tener que afrontar una nueva fase judicial seis años después del fallecimiento. «Nos parece una falta de humanidad y de sensibilidad desgarradora», señalan en el comunicado.
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