El Ministerio de Trabajo propone que el salario mínimo interprofesional (SMI) alcance los 1.286 euros mensuales en catorce pagas en 2027, un incremento del 5,3% que supondría 65 euros más al mes y 910 euros adicionales al año. La iniciativa ha abierto un nuevo frente entre el Gobierno y los agentes sociales: los sindicatos valoran el aumento, aunque reclaman medidas para asegurar que se traduzca en una mejora efectiva de las nóminas, mientras la patronal cuestiona que se tramite antes de las elecciones generales.
La cuantía figura en el borrador de real decreto sometido a audiencia pública, cuyo plazo de alegaciones permanecerá abierto hasta el 16 de noviembre. De aprobarse en esos términos, el mínimo anual pasaría de 17.094 a 18.004 euros, con efectos desde el 1 de enero.
El departamento de Yolanda Díaz sitúa así su propuesta por encima del 4,9% recomendado por la comisión de expertos, pero por debajo del 7% que habían solicitado CCOO y UGT. El texto mantiene como referencia el objetivo de que el salario mínimo equivalga al 60% del salario medio, en línea con la Carta Social Europea.
La intención del Ejecutivo es llevar la subida al Consejo de Ministros antes de los comicios del 29 de noviembre. El plazo para presentar alegaciones terminará con la campaña electoral ya iniciada, puesto que arrancará el viernes 13.
Los sindicatos piden que la subida se note en el bolsillo
CCOO y UGT consideran que la propuesta da continuidad a la mejora de las rentas más bajas, pero condicionan su valoración a que el Gobierno resuelva tres cuestiones: la tributación del SMI, la absorción de complementos y el registro de jornada.
En materia fiscal, reclaman una reforma estable del IRPF que evite que una parte de los incrementos se pierda por la vía de los impuestos. Su petición incluye tanto a quienes cobran el salario mínimo como a los trabajadores con retribuciones inmediatamente superiores.
El segundo punto afecta a la forma en que el aumento se incorpora a las nóminas. El borrador mantiene la comparación del salario en su conjunto y en cómputo anual, de modo que la revisión no obligará a elevar las retribuciones que ya superen los 18.004 euros anuales.
Los sindicatos advierten de que esta fórmula permite compensar la subida con determinados pluses y provoca que trabajadores con salarios próximos al mínimo no perciban un aumento efectivo. Por ello, exigen que se excluyan de la absorción los complementos personales, los vinculados al puesto o a la cantidad y calidad del trabajo, los declarados no compensables por convenio y las percepciones extrasalariales.
Ambas organizaciones también reclaman que el real decreto sobre registro de jornada esté aprobado antes del 1 de enero. Lo consideran necesario para combatir las horas extraordinarias sin pagar y el fraude en los contratos a tiempo parcial, de manera que el mínimo salarial se respete por todas las horas trabajadas.
La patronal reclama esperar al resultado electoral
CEOE y Cepyme rechazan el calendario elegido por Trabajo y califican la iniciativa de «utilización política» de la capacidad legislativa del Gobierno en vísperas electorales.
Las organizaciones empresariales sostienen que la decisión debería corresponder al Ejecutivo que salga de las urnas, «sea del color que sea», y adoptarse antes de que finalice el año. Defienden que esperar permitiría disponer de indicadores económicos más precisos en un contexto de incertidumbre.
La patronal también expresa su malestar por haber conocido la propuesta a través de la prensa y reclama un diálogo social basado en criterios económicos que tenga en cuenta las consecuencias sobre el empleo, las empresas y las familias.
Aunque comparte el objetivo de mejorar las rentas más bajas, insiste en que debe ser compatible con la productividad, la competitividad y el mantenimiento de los puestos de trabajo. Asimismo, reprocha al Gobierno que promueva nuevas subidas salariales mientras sigue pendiente la actualización de los contratos públicos.
60,88 euros por jornada en contratos de corta duración
El proyecto recoge cuantías específicas para determinados trabajadores. En los contratos de duración determinada cuyos servicios en una misma empresa no superen los 120 días, el mínimo se fija en 60,88 euros por jornada legal, incluida la parte proporcional de domingos, festivos y pagas extraordinarias.
Para el empleo de hogar por horas en régimen externo, la propuesta establece 10,06 euros por hora efectivamente trabajada, con todos los conceptos retributivos incluidos. El texto precisa además que el salario en especie no podrá reducir la cuantía mínima que debe abonarse en dinero.
La subida tampoco se trasladaría automáticamente a ayudas autonómicas o locales ni a contratos privados que utilicen el SMI como referencia. El borrador prevé mantener en esos casos la cuantía anterior durante 2027, salvo que exista una disposición expresa que determine su actualización.
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