La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a cuatro años y nueve meses de prisión a un peluquero de la capital cacereña por utilizar su establecimiento para vender cocaína a terceros. Además, deberá pagar una multa de 1.082,40 euros.
La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia, fechada el pasado 16 de julio, considera probado que el acusado regentaba una peluquería en Cáceres y que, al menos desde principios de 2025 hasta el 19 de agosto de ese año, utilizó el negocio, abierto al público, para traficar con cocaína.
Cocaína, una balanza y dinero en efectivo
La investigación culminó el 19 de agosto de 2025, cuando agentes de la Policía Nacional detuvieron al peluquero y registraron el establecimiento. En su interior localizaron un envoltorio con una sustancia blanca, una balanza de precisión con restos de cocaína, una bolsa de plástico con recortes, una libreta con anotaciones y 405 euros en efectivo.
Los análisis posteriores determinaron que la sustancia intervenida era cocaína y tenía un peso de 4,51 gramos. El acusado reconoció los hechos en su primera comparecencia judicial y consta en la resolución que padecía una adicción de larga duración a sustancias estupefacientes.
Inicialmente, la Fiscalía solicitaba siete años y seis meses de prisión, pero antes de la celebración del juicio alcanzó un acuerdo de conformidad con la defensa. En ese acuerdo se tuvieron en cuenta como atenuantes la confesión del acusado y su drogadicción, lo que rebajó la petición hasta los cuatro años y nueve meses finalmente impuestos.
Sentencia firme
La Audiencia lo considera autor de un delito contra la salud pública por tráfico de sustancias que causan grave daño a la salud cometido en un establecimiento abierto al público.
Junto a la pena de prisión y la multa de 1.082,40 euros, el tribunal le impone la inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y decreta el comiso definitivo de la cocaína, el teléfono móvil y el dinero intervenidos, además de imponerle las costas procesales.
La propia resolución declara la sentencia firme y ejecutoria, al haber sido dictada de conformidad entre las partes.
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