La Diputación de Badajoz no pedirá el reintegro de 427.000 euros a David Sánchez y Luis Carrero

La institución provincial ha remitido un escrito al Tribunal de Cuentas en el que sostiene que no concurren los requisitos para abrir la diligencia de ordenación sobre las cantidades cobradas por ambos durante su trabajo en la entidad

E.P.
16 de septiembre de 2026 a las 14:49h
La Diputación de Badajoz ha comunicado al Tribunal de Cuentas que proceda al archivo de la diligencia de ordenación recibida el 9 de septiembre. / LP
La Diputación de Badajoz ha comunicado al Tribunal de Cuentas que proceda al archivo de la diligencia de ordenación recibida el 9 de septiembre. / LP

La Diputación de Badajoz ha comunicado que no solicitará el reintegro de los 427.000 euros cobrados por David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y por su colaborador Luis Carrero mientras trabajaron en la institución provincial. En un comunicado, la Diputación ha informado de que ha enviado un escrito al Tribunal de Cuentas en el que considera que procede archivar la diligencia de ordenación recibida el 9 de septiembre.

Según la institución, en esa diligencia el Tribunal de Cuentas daba trámite a varias denuncias sobre presuntas responsabilidades por alcance derivadas del contenido de la sentencia condenatoria a Sánchez y Carrero, junto con otras personas, y abría plazo para presentar alegaciones. La Diputación sostiene que no concurren ninguno de los elementos previstos en el artículo 59 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

"Esta pretensión se fundamenta en los informes recabados al efecto, los cuales han analizado cuidadosamente las circunstancias concurrentes y la normativa aplicable", añade la Diputación de Badajoz en su comunicado.

Procedimiento solicitado antes de la diligencia y situación de la sentencia

La institución provincial recuerda además que, antes de recibir la diligencia del Tribunal de Cuentas, había recibido tres comunicaciones de un particular, un partido político y una asociación en las que se pedía iniciar un procedimiento para reclamar a dos de las personas condenadas en esa sentencia el reintegro de las cantidades percibidas por los servicios prestados para la Diputación.

En relación con la sentencia, la Diputación pacense señala que todavía no ha sido formalmente notificada. Añade que contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y que, con conocimiento del fallo, se ha presentado una solicitud de subsanación, aclaración o precisión. Por ello, concluye que en el estado procesal actual no procede llevar a cabo ninguna actuación vinculada al reintegro de haberes solicitado en ejecución de la sentencia 152/2026, sin perjuicio de otros trámites previstos en la legislación sectorial específica o electoral.

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Javier Fernández
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