El letrado Raúl Montaño, representante legal de Ricardo Cabezas, actual diputado de Cultura de la Diputación de Badajoz, ha sostenido firmemente este martes que las acusaciones carecen de "no existe prueba de cargo" que incrimine a los implicados en el proceso judicial. Este juicio se centra en la polémica contratación de David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, en la institución provincial pacense durante el año 2017.
Según la exposición del abogado, la única evidencia incriminatoria presentada hasta el momento es la documentación generada por los cuerpos de seguridad, concretamente el atestado policial. Montaño enfatizó que "no puede ser jamás una prueba de cargo, una declaración de un agente que ha realizado un atestado, auxiliado por el juez de instrucción", desestimando así su validez como elemento probatorio fundamental en el proceso.
Análisis de la falta de pruebas
Durante su intervención en la presentación de los informes finales ante la Audiencia Provincial de Badajoz, Montaño criticó la estrategia de las acusaciones populares. El abogado señaló que, a lo largo del juicio, no ha "oído a las acusaciones populares todavía hablar de prueba de cargo, hablar de quiebra del principio de presunción de inocencia", ni tampoco ha "oído absolutamente nada de pruebas periféricas que apoyen declaraciones de agentes de la autoridad". Esta ausencia de elementos probatorios directos o indirectos, según la defensa, debilita considerablemente la base de la acusación.
El letrado de Ricardo Cabezas fue contundente al afirmar que en las sesiones no se han presentado "testigos de referencia, testigos directos, de lo directo, de lo eventual". En su lugar, lo que se ha escuchado han sido "discursos a veces políticos, a veces imaginativos, narraciones de novelas policíacas, cloacas", una descripción que subraya la percepción de la defensa sobre la falta de rigor y objetividad en los argumentos de la parte acusadora.
La presunción de inocencia como pilar fundamental
Montaño recalcó que las más de 40 pruebas testificales aportadas por las acusaciones populares han sido "eliminadas en sus informes", lo que, a su juicio, demuestra la inconsistencia de sus planteamientos. El abogado recordó que "es la acusación popular la que tiene que probar la culpabilidad, no las defensas", haciendo hincapié en el principio fundamental del derecho penal. "Existe el principio de presunción de inocencia, que no ha sido quebrantado por ninguna prueba practicada en el plenario", defendió el letrado, reafirmando la inocencia de su cliente.
Asimismo, Raúl Montaño quiso destacar y defender la labor de la fiscal en este caso, a quien calificó como "garante de la legalidad", en contraposición a las "barbaridades" que, según su criterio, se han vertido durante el proceso judicial por parte de las acusaciones populares.
El papel de Ricardo Cabezas en la contratación
Respecto a la situación de su defendido, el actual diputado de Cultura, Ricardo Cabezas, Montaño expresó su desconcierto sobre los cargos que se le imputan. "Se le está acusando de tráfico de influencias, pero no sé quién es el que influye sobre él, o a quién influye él", manifestó el abogado, señalando la ambigüedad de la acusación. En este sentido, argumentó que "nadie se puede defender de algo que desconoce".
El letrado subrayó que "contra el señor Cabezas no se practicó ninguna investigación, que no se le intervinieron correos electrónicos", lo que refuerza la idea de que no existe "indicio alguno" que lo vincule directamente con las irregularidades denunciadas. La defensa sostiene que la presencia de Cabezas en el banquillo se debe únicamente a "ejercer su actividad como político, hacer un visto bueno, perceptivo y obligatorio", al firmar un documento para la creación de la plaza de jefe de la Oficina de Artes Escénicas.
Firma respaldada por informes técnicos
Montaño detalló que la firma de Ricardo Cabezas fue un "visto bueno apoyado por informes técnicos, memorias técnicas, reuniones de técnicos coordinados con anterioridad a la proposición de ese cargo". El abogado insistió en que "no hay elemento objetivo de tráfico de influencias, pero mucho menos de prevaricación", ya que el documento firmado "no es un decreto decisorio".
Además, el letrado recordó que Ricardo Cabezas "no ha intervenido en ninguna comisión de valoración", ni tampoco "en ninguna reunión previa a la modificación a la RPT, a la creación del puesto", sino que su participación "ha sido exclusivamente una firma preceptiva".
Finalmente, Raúl Montaño planteó una pregunta retórica sobre las implicaciones de una posible condena: "Si este señor sale condenado, ¿alguien va a querer ser diputado?". Concluyó su intervención afirmando que este caso, relacionado con la contratación de David Sánchez en la Diputación de Badajoz, ha sido "un castillo de naipes que se ha ido cayendo, se ha ido construyendo en la instrucción, se ha ido construyendo en la fase intermedia", pero que, posteriormente, "en juicio y en el plenario las acusaciones populares se han quedado sin fuelle", provocando que "se ha caído ese castillo de naipes".
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