La Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) ha modificado las condiciones de navegación deportiva y de recreo en dos puntos de la cuenca del Guadiana por motivos de seguridad. La resolución de 24 de agosto de 2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), cambia las resoluciones de 10 de agosto de 2020 y de 13 de julio de 2026 sobre limitaciones a la navegación en aguas continentales de la cuenca.
En el tramo urbano del río Guadiana a su paso por Badajoz, la CHG levanta la prohibición de navegación y flotación acordada en julio, aunque solo para los usuarios federados que pertenezcan a algún club de piragüismo reconocido por la Federación Extremeña de Piragüismo (FEXP). Según el organismo de cuenca, la modificación se ha acordado tras trabajar con las partes interesadas y, en particular, con la FEXP, que propuso medidas para garantizar unas condiciones de seguridad “aceptables para la práctica de la navegación a remo”.
Para poder utilizar este tramo, los usuarios autorizados deberán cumplir las medidas planteadas por la federación. Entre ellas figuran que los menores, los neófitos y las personas con necesidades especiales vayan acompañados por entrenador o monitor acreditado en número suficiente, que se use chaleco salvavidas cuando la normativa lo exija y que sea imprescindible saber nadar. La CHG también prohíbe navegar en solitario, salvo en casos justificados por la propia FEXP.
La resolución exige además disponer de un protocolo de aviso y actuación ante emergencias, con la logística necesaria para aplicarlo o, en su caso, para comunicar con los servicios de emergencia. Todos los usuarios autorizados deberán recibir formación en maniobras y técnicas de autovaciado y autorescate. La reapertura queda limitada a este colectivo, por lo que se mantiene la restricción para la navegación y flotación de toda modalidad náutica, salvo la excepción indicada.
No obstante, podrán autorizarse otras actividades náuticas concretas, como concursos de pesca, competiciones o actos festivos, siempre que se soliciten con al menos quince días de antelación y se acompañen de una memoria descriptiva, las medidas de seguridad correspondientes y la identificación de los responsables.
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